En el caso de los subarriendos, la norma exige un análisis adicional. El arrendatario original, al convertirse en subarrendador, debe evaluar la naturaleza del contrato con el tercero. Si el subarriendo transfiere sustancialmente todos los riesgos y beneficios asociados al activo, se clasifica como arrendamiento financiero; de lo contrario, como operativo. Esta clasificación determina el tratamiento contable del subarriendo.
1 de marzo de 2026 | Contable